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| Personas Físicas (IRPF) | Ejercicio 2016 y posteriores | 
|---|---|
| Primeros 150€ | 75% | 
| Resto | 30% | 
| Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) > 150€ * | 35% | 
| Límite deducción base liquidable | 10% | 
| Personas Jurídicas (IS) | Ejercicio 2016 y posteriores | 
|---|---|
| Donaciones en general | 35% | 
| Donaciones plurianuales (a la misma entidad durante al menos 3 años) * | 40% | 
| Límite deducción base liquidable | 10% | 
(*) Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en www.aeat.es